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Derecho Bancario y de Seguros

Cláusula suelo, IRPH, revolving, un accidente que la aseguradora no reconoce como debía: son las reclamaciones más frecuentes, y también las que más dinero dejan sin reclamar por pura desidia. La mayoría tiene ya un camino marcado por los tribunales, español y europeo.

Revisamos tu caso sin compromiso y te decimos, con números, cuánto puedes recuperar y qué hace falta para conseguirlo. Y si el impago ya está encima de la mesa, el plazo para oponerse es corto: se defiende mejor cuanto antes se llega.

Materias de Derecho Bancario y de Seguros

¿Firmaste una hipoteca antes de 2019? Es muy probable que hayas pagado de más.

El banco no siempre tiene razón, y buena parte de lo que cobró en los últimos veinte años se ha declarado abusivo. La dificultad no es la reclamación: es saber en qué punto está la doctrina hoy, porque cambia cada pocos meses.

Qué reclamamos

  • Cláusula suelo. Nulidad y devolución íntegra de lo cobrado de más, sin límite temporal desde la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 2016.
  • Gastos de constitución de hipoteca: notaría, gestoría, registro y, según el reparto vigente en el momento de la firma, parte de la tasación.
  • Comisión de apertura, sujeta también a control de transparencia.
  • IRPH. Cada caso tiene su propia doctrina y su propio estado de la cuestión; el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha corregido criterios internos en varias ocasiones y conviene revisar el caso con la jurisprudencia del momento, no con la de hace tres años.
  • Vencimiento anticipado abusivo e intereses de demora desproporcionados.

Antes de reclamar

Revisión de la escritura y de las liquidaciones del préstamo, cálculo de lo indebidamente cobrado y reclamación extrajudicial previa, que en determinadas cláusulas es requisito antes de demandar. Si el banco no responde o la respuesta no es satisfactoria, se acude al juzgado.

¿Tienes una tarjeta revolving y llevas años pagando sin que baje la deuda?

El revolving se discute por dos caminos distintos que no conviene mezclar, y la vía correcta determina si se anula el contrato entero o solo el interés.

Las dos vías

Usura, de la Ley de 1908: se compara el interés pactado con el normal del dinero en el momento de la contratación. Si es notablemente superior, el contrato de crédito es nulo en su totalidad y solo hay que devolver el capital prestado.

Falta de transparencia: no se explicó cómo funciona la amortización, y en la práctica el cliente pagaba durante años sin reducir apenas el capital. Aquí se expulsa la cláusula de intereses, no el contrato entero.

Qué revisamos

El contrato original —si la entidad no lo conserva, eso ya juega a favor del cliente—, el histórico completo de recibos y liquidaciones, y el TAE realmente aplicado frente al tipo medio publicado por el Banco de España en la fecha de la firma. Con eso se calcula lo reclamable antes de presentar nada.

¿Te han presentado una demanda de ejecución hipotecaria? El reloj corre, pero hay defensa.

Cuando llega la demanda de ejecución, el reloj ya corre. La defensa se juega en motivos tasados y en plazos cortos, no en explicar otra vez por qué no se pudo pagar.

Motivos de oposición

  • Cláusulas abusivas en el título ejecutivo, que pueden alegarse dentro del propio procedimiento de ejecución y, si prosperan, paralizan el despacho de ejecución en cuanto a la cantidad afectada.
  • Error en la determinación de la cantidad exigible, y falta de liquidez del título.
  • Vencimiento anticipado mal aplicado, con los requisitos de proporcionalidad que exige hoy la jurisprudencia europea y española tras las reformas de la Ley 5/2019.

Mientras se tramita

Suspensión de la subasta cuando se plantea incidente de cláusulas abusivas, negociación de dación en pago o quita con la entidad, y coordinación con el procedimiento de segunda oportunidad cuando la deuda hipotecaria es solo una parte del problema.

Vivienda habitual

Régimen de protección del deudor hipotecario sin recursos, suspensión de lanzamientos en situaciones de vulnerabilidad y acceso al Fondo Social de Vivienda cuando la entidad se ha adherido al código de buenas prácticas.

¿Te vendieron un producto que no entendías, o alguien vació tu cuenta sin que hicieras nada?

Dos frentes distintos que comparten un mismo defecto de origen: el banco vendió algo que el cliente no entendía, o alguien vació la cuenta sin que el cliente hiciera nada.

Productos complejos

Swaps, preferentes, subordinadas y bonos estructurados colocados sin evaluar correctamente la idoneidad del cliente. La responsabilidad de la entidad nace del incumplimiento de sus deberes de información, no de que el producto haya salido mal: perder dinero no es lo que se reclama, no haber sido advertido del riesgo real sí lo es.

Fraudes en banca digital

La regla general del Real Decreto-ley 19/2018 sobre servicios de pago es clara: en una operación no autorizada corresponde a la entidad devolver el importe de inmediato, y es ella quien debe acreditar que hubo autenticación reforzada y negligencia grave del usuario. En la práctica, muchas entidades rechazan la devolución por defecto, a la espera de que el cliente no reclame.

¿Has tenido un accidente y la aseguradora ofrece menos de lo que te corresponde? ¿Tu seguro se ha negado a pagar un siniestro?

La ley está de tu lado más a menudo de lo que las aseguradoras dejan ver. Revisamos la oferta y, si no cubre lo que debería, la reclamamos.

Accidentes de circulación

Toda indemnización por accidente de tráfico se calcula con el baremo de la Ley 35/2015: perjuicio personal básico, perjuicio particular, perjuicio patrimonial —daño emergente y lucro cesante— y secuelas. Revisamos la oferta de la aseguradora partida por partida: es habitual que falte alguna secuela, que se infravalore el lucro cesante o que no se hayan sumado los intereses del artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguro, que penalizan el retraso injustificado y a menudo son la parte más importante de la reclamación.

Siniestros de hogar, vida y salud

Reclamación frente a la aseguradora por siniestros de hogar, comunidad, vida y salud. Las cláusulas que limitan lo que cubre la póliza solo valen si están destacadas y expresamente aceptadas por escrito, un requisito que muchas pólizas no cumplen. Y si la aseguradora alega que ocultaste algo al contratar, tiene que probarlo: no basta con decirlo.

Accidentes laborales y en espacios públicos

Caídas en establecimientos, accidentes escolares, daños por animales y accidentes de trabajo, con la compatibilidad entre prestaciones de Seguridad Social, recargo por falta de medidas de seguridad e indemnización civil.

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